Revisión independiente de decisiones elegibles

Apelaciones

Un solicitante elegible o una entidad certificada puede solicitar una revisión independiente de una decisión apelable de ICEQC sobre los motivos y dentro del período establecido en el procedimiento de control y el aviso de decisión.

Panel de apelación independiente que revisa un registro de certificación controlado

Competencia e independencia en materia de recursos

Una apelación es la impugnación formal de una decisión susceptible de apelación; no constituye una nueva solicitud, una negociación sobre un requisito aplicable ni una queja relativa al servicio general. El aviso de decisión identifica si la decisión es apelable, la persona con derecho a apelar, la ruta de presentación y el período de presentación aplicable.

Los motivos pueden referirse a un error material de hecho, fallo procesal, interpretación o aplicación incorrecta de un requisito de control, sesgo demostrable u otro motivo reconocido por el procedimiento aplicable. El apelante debe identificar cada motivo, la parte disputada del expediente, la reparación solicitada y la autoridad de la persona que presenta la solicitud en nombre del solicitante o entidad certificada.

La autoridad de apelación es independiente de la verificación de pruebas, la revisión técnica y la decisión original. Controla la admisibilidad, el acceso al expediente de apelación, las presentaciones, cualquier reunión o audiencia, la confidencialidad y las medidas provisionales. Una apelación no suspende automáticamente la decisión. La determinación y los motivos se registran, notifican y ejecutan a través de los sistemas controlados de certificación y registro público.

ICEQC-GOV-001 · Cláusula 33

Separación de la autoridad de apelación

Una persona u organismo que decida una apelación procesal o una apelación de certificación será independiente de la acción impugnada y no tendrá responsabilidad de defender el resultado original como un interés institucional o personal.

La participación general previa en la adopción de una norma no impide por sí sola la interpretación de esa norma en apelación, pero la participación directa en la evaluación, revisión técnica, decisión, manejo de quejas o acto procesal en disputa impedirá la determinación del mismo asunto.

Los arreglos de nombramiento, acceso a la información y apoyo preservarán la capacidad de la autoridad de apelación para revisar el registro relevante completo sin instrucciones de las funciones comerciales o de decisión original.

La decisión pública deberá identificar la autoridad de apelación, la jurisdicción, la conclusión y los motivos suficientes, sujeto a la legal confidencialidad.

El resultado de una apelación puede corregir o remitir una decisión dentro de su alcance, pero no modificará en privado el norma para todas las demás personas.

ICEQC-GOV-001 · Cláusula 35

Protección contra represalias

Ninguna persona sufrirá represalias por parte de ICEQC por hacer un comentario, objeción, queja, apelación, divulgación de integridad o solicitud de corrección sobre normas de buena fe, o por negarse a apoyar un consenso propuesto.

Las represalias incluyen exclusión inadecuada, amenaza, tratamiento de certificación desfavorable, divulgación destinada a causar daño, retirada de una oportunidad no relacionada o presión para abandonar una preocupación legítima.

Esta protección no impide una actuación proporcionada en relación con una conducta abusiva, una falsedad deliberada, una divulgación ilícita, un acoso o un conflicto que afecte genuinamente a la participación, siempre que la actuación se base en la conducta y no en el desacuerdo protegido.

Una persona que alega represalias tendrá acceso a una revisión independiente de la función en cuestión.

Cuando las represalias estén fundamentadas, la acción correctiva abordará tanto el efecto individual como cualquier condición sistémica capaz de desalentar la participación futura, mientras que la publicación se limitará a la información necesaria para la responsabilidad y la protección legal.

ICEQC-GOV-001 · Cláusula 52

Recursos procesales relativos al desarrollo de normas.

Un participante materialmente afectado puede apelar una determinación final de que ICEQC no siguió un procedimiento de desarrollo de normas publicado de una manera capaz de afectar la participación justa, la autoridad o el documento resultante.

La apelación será resuelta por una persona o panel independiente de la acción impugnada y competente para evaluar el expediente procesal.

La revisión puede considerar notificación, acceso, equilibrio, gestión de conflictos, disposición de comentarios, consenso, aprobaciones requeridas e identidad de publicación, pero no reemplazará el juicio técnico simplemente porque el apelante prefiera otro requisito.

Una apelación exitosa puede requerir corrección, reconsideración, consulta renovada, una nueva decisión de aprobación, calificación de estatus temporal o retiro de la publicación afectada.

El resultado público explicará la conclusión y el efecto del procedimiento mientras protege la información personal y confidencial, e identificará cualquier ruta adicional o regla de finalidad que se aplique.

ICEQC-CER-001 · Cláusula 103

Acceso a procesos de queja y apelación

ICEQC mantendrá procesos accesibles, documentados e imparciales para quejas y apelaciones.

Los procesos estarán disponibles sin discriminación y no requerirán que una persona renuncie a un derecho legítimo como condición de acceso.

La información sobre cómo presentar una queja o apelación, la información requerida y los principales controles de tiempo estarán disponibles públicamente.

Una persona puede solicitar asistencia de comunicación razonable cuando sea necesaria para comprender o utilizar el proceso.

El uso de un proceso de queja o apelación no dará lugar a represalias, trato discriminatorio o una desventaja de certificación inadecuada.

ICEQC-CER-001 · Cláusula 107

Apelaciones

Un solicitante o cliente certificado puede apelar:

Una apelación deberá presentarse dentro de los 20 días hábiles posteriores a la notificación de la determinación, a menos que la notificación especifique un período más largo.

Una apelación identificará:

Una apelación no es una nueva oportunidad para completar evidencia o acción correctiva que se requería antes de la decisión original, pero ICEQC puede considerar información que demuestre que el registro original era materialmente inexacto o procesalmente incompleto.

Se podrá aceptar la presentación tardía cuando se demuestren circunstancias excepcionales y la aceptación no perjudique materialmente una resolución justa y confiable.

  • negativa a aceptar una solicitud cuando la negativa se refiere a la aplicación de una regla de elegibilidad de ICEQC
  • una decisión de certificación
  • una decisión de limitar, excluir o reducir el alcance de la certificación
  • un hallazgo adverso que determina directamente el estado de certificación
  • suspensión, retirada o denegación de la restauración
  • una decisión de ejecución relativa a reclamaciones de certificación; o
  • otra determinación expresamente identificada como apelable
  • la determinación impugnada
  • la parte cuestionada
  • el supuesto error de hecho, de procedimiento o de interpretación
  • el resultado buscado; y
  • información de respaldo

ICEQC-CER-001 · Cláusula 108

Independencia y revisión de la apelación

Una apelación será resuelta por una o más personas autorizadas que:

La revisión de la apelación deberá considerar:

El revisor de la apelación puede solicitar aclaraciones, obtener asesoramiento de un especialista, requerir una reevaluación limitada o devolver un asunto para revisión técnica corregida.

Una persona que brinde asesoramiento al revisor de la apelación deberá declarar intereses relevantes y no asumirá la decisión de la apelación.

La carga de mantener un registro de apelaciones completo y controlado recae en ICEQC.

  • no realizó la evaluación, revisión técnica o decisión apelada
  • no tener ningún conflicto de intereses que lo descalifique
  • tener competencia adecuada a las materias planteadas; y
  • tienen autoridad para confirmar, variar o dejar de lado la determinación dentro del sistema ICEQC
  • el requisito y proceso aplicables
  • el registro disponible para el tomador de decisiones original
  • los fundamentos y la información de respaldo
  • la respuesta del personal relevante de ICEQC
  • cualquier irregularidad procesal material; y
  • si la conclusión estaba respaldada por pruebas suficientes y fiables

ICEQC-CER-001 · Cláusula 109

Efecto y resultado de una apelación

La presentación de una apelación no suspende automáticamente la determinación apelada.

ICEQC puede suspender total o parcialmente una determinación cuando esto sea consistente con la protección de los estudiantes, el público y la integridad de la certificación.

El resultado de una apelación puede:

Se puede obtener un resultado positivo de certificación en la apelación solo cuando se cumplen las condiciones de la cláusula 7.4.

El resultado de la apelación incluirá razones suficientes para explicar la conclusión e identificará su fecha de vigencia y cualquier acción adicional.

ICEQC buscará la determinación de una apelación dentro de los 30 días hábiles después de que haya un registro suficiente disponible y completará el proceso de apelación dentro de los 60 días hábiles después de su recepción, a menos que una circunstancia excepcional haga que su finalización sea impracticable. ICEQC informará al apelante de un retraso material, su motivo y la fecha de determinación revisada.

El resultado de la apelación es definitivo dentro del proceso de certificación ICEQC a menos que el resultado en sí requiera una decisión de certificación controlada adicional.

  • confirmar la determinación
  • variar la determinación
  • dejar de lado la determinación y sustituirla por un resultado autorizado
  • devolver el asunto para una reevaluación, revisión o decisión específica; o
  • determinar que el recurso ya no es necesario porque el asunto ha sido resuelto mediante otra acción controlada

ICEQC-CER-001 · Cláusula 110

Confidencialidad y protección en quejas y recursos

Sólo podrán acceder a la información de quejas y apelaciones las personas que la requieran para su manejo, revisión, acción o supervisión autorizada.

ICEQC protegerá la identidad de un denunciante cuando sea razonablemente posible y solicitado, pero no prometerá anonimato cuando la divulgación sea necesaria para la equidad, la verificación, la seguridad o un requisito legal.

Se puede considerar una queja confidencial o anónima cuando esté disponible suficiente información verificable.

ICEQC no divulgará más información de la necesaria para obtener una respuesta, resolver el asunto, proteger a las personas afectadas o mantener la integridad de la certificación.

Una persona no estará en desventaja por presentar una queja, brindar evidencia o utilizar un proceso de apelación de buena fe.

La información deliberadamente falsa o maliciosa puede abordarse como una cuestión de integridad, pero una queja sin fundamento no es, sin más, una queja maliciosa.

ICEQC-CER-001 · Cláusula 111

Registros y aprendizaje de quejas y apelaciones

ICEQC mantendrá registros controlados de quejas y apelaciones, incluyendo:

ICEQC analizará periódicamente la información de quejas y apelaciones para detectar problemas recurrentes, inconsistencias, demoras, riesgos de conflictos y oportunidades para mejorar la operación del esquema.

La corrección sistémica se asignará, monitoreará y verificará para determinar su efectividad.

El análisis preservará la confidencialidad y no convertirá el volumen de quejas en una clasificación de clientes certificados.

La información de quejas y apelaciones puede informar la vigilancia y la revisión del esquema cuando se establezca su confiabilidad y relevancia.

  • recibo y acuse de recibo
  • jurisdicción y clasificación de riesgos
  • personal asignado y controles de independencia
  • pruebas y comunicaciones
  • análisis y resultado
  • acción, corrección y verificación; y
  • rendimiento del tiempo

ICEQC-CER-003 · Cláusula 69

Derecho de apelación

Un solicitante o cliente certificado puede apelar una decisión apelable que afecte su solicitud, alcance de certificación o estado de certificación.

El acceso a la apelación deberá ser claro, razonablemente accesible y libre de trato discriminatorio, represalias o desventajas comerciales.

ICEQC no cobra una tarifa por presentar una apelación.

Los derechos de apelación no limitan ningún otro derecho legal disponible para el apelante, pero el Panel de Apelaciones determinará solo asuntos dentro de la autoridad de ICEQC.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 70

Asuntos apelables

Se podrá interponer recurso de apelación contra una decisión de:

Una declaración de no conformidad o una solicitud de evidencia puede impugnarse mediante una apelación solo después de que forme materialmente parte de una decisión de certificación apelable, a menos que un esquema aplicable permita expresamente una apelación anterior.

Una solicitud para corregir un error administrativo obvio normalmente se manejará según la cláusula 68.4 y no requiere una apelación.

  • certificación de rechazo
  • rechazar la renovación o ampliación del alcance
  • reducir el alcance de la certificación
  • suspender la certificación
  • restauración de rechazo
  • retirar la certificación; o
  • de lo contrario imponer un estado de certificación adverso final

ICEQC-CER-003 · Cláusula 71

Presentación de un recurso de apelación

Se presentará una apelación dentro de los veinte días hábiles siguientes a que el apelante reciba la decisión por escrito.

La apelación identificará:

Un recurso conciso es suficiente cuando identifica claramente la decisión impugnada y sus fundamentos. ICEQC no rechazará una apelación únicamente por el uso de un formato informal.

Se puede presentar una apelación a través del sistema de casos controlados u otro canal publicado por ICEQC.

  • la decisión y el número de caso
  • la parte de la decisión impugnada
  • el supuesto error de hecho, requisito, procedimiento, independencia o razonamiento
  • el resultado buscado
  • la evidencia de respaldo o la ubicación de la evidencia que ya posee ICEQC; y
  • un contacto autorizado

ICEQC-CER-003 · Cláusula 72

Reconocimiento y control inicial

ICEQC acusará recibo dentro de los cinco días hábiles y proporcionará el identificador de la apelación, el funcionario responsable del caso, el siguiente paso procesal y el cronograma esperado.

El funcionario del caso deberá proteger el expediente de decisión original, preservar la evidencia relevante y restringir los cambios que podrían oscurecer el expediente bajo apelación.

El funcionario del caso podrá solicitar las aclaraciones necesarias para identificar la decisión o los fundamentos, pero no argumentará el fondo ni desalentará la apelación.

La comunicación distinguirá claramente entre el funcionario del caso administrativo y el Panel de Apelaciones independiente.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 73

Admisibilidad

Una apelación es admisible cuando la realiza un apelante elegible, identifica una decisión apelable y se presenta dentro del período requerido o se acepta tarde según la cláusula 74.

El funcionario del caso remitirá una cuestión de admisibilidad en disputa a una persona independiente de la decisión original. La persona puede ser el presidente del Panel de Apelaciones.

La decisión de inadmisibilidad de un recurso deberá ser motivada y comunicada por escrito.

Una queja sobre servicio, conducta o retraso que no cuestione una decisión de certificación se redirigirá al proceso de quejas de ICEQC aplicable con el conocimiento del remitente.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 74

Apelaciones tardías o incompletas

ICEQC puede aceptar una apelación tardía cuando el apelante demuestra circunstancias que razonablemente impidieron la presentación y aceptación oportunas y no causarán una injusticia material ni socavarán la protección necesaria.

Al decidir si acepta una apelación tardía, ICEQC deberá considerar la duración y el motivo de la demora, las medidas ya tomadas basándose en la decisión, el riesgo continuo, la disponibilidad de registros y si los motivos plantean un problema de integridad grave.

Una apelación incompleta no se rechazará sin una oportunidad razonable de proporcionar la información esencial que falta.

La extensión del plazo de presentación no suspenderá ni revocará automáticamente la decisión original.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 75

Efecto del recurso de casación y medidas provisionales

La presentación de una apelación no suspende automáticamente la decisión apelada.

El Panel de Apelaciones puede suspender o modificar la implementación cuando sea necesario para evitar daños desproporcionados y cuando hacerlo no cree un riesgo inaceptable para los estudiantes, el público o la integridad de la certificación.

Una suspensión, restricción de reclamo u otra medida de protección normalmente permanecerá efectiva mientras esté pendiente una apelación cuando su eliminación podría permitir daños, tergiversación material o pérdida de pruebas.

Una determinación provisional deberá ser motivada, tener un límite de tiempo, comunicarse a las funciones afectadas y revisarse si las circunstancias materiales cambian.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 76

Constitución del expediente de apelación

El expediente de apelación incluirá:

El funcionario del caso deberá mantener una cronología y un índice de documentos.

Ninguna persona podrá eliminar, reemplazar o alterar un registro material original. Las correcciones o versiones posteriores serán identificables por separado.

  • la decisión apelada y su paquete completo de decisiones
  • la apelación y las pruebas que la sustentan
  • los requisitos y procedimientos controlados de ICEQC aplicables
  • comunicaciones y decisiones procesales relevantes
  • la respuesta escrita de la persona que tomó la decisión original, si se solicita
  • admitió pruebas y presentaciones adicionales; y
  • registros de conflictos, competencias y nombramientos para el Panel de Apelaciones

ICEQC-CER-003 · Cláusula 77

Nombramiento y composición del Panel de Apelaciones

ICEQC designará un Panel de Apelaciones de uno o más miembros de acuerdo con la complejidad, consecuencias y necesidades de competencia de la apelación.

Ningún miembro del panel deberá haber participado en la evaluación, verificación de acciones correctivas, recomendación o decisión apelada.

Un miembro del panel deberá revelar los conflictos y será reemplazado cuando la imparcialidad pueda cuestionarse razonablemente.

Cuando un panel tiene más de un miembro, un presidente controlará el procedimiento y la determinación se hará por mayoría a menos que el nombramiento establezca otra regla. Se registrará un desacuerdo material.

ICEQC puede nombrar un asesor técnico independiente que no vota y cuyas aportaciones se divulgan a las partes en la medida en que sean importantes para la determinación.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 78

Divulgación y acceso a la información

El apelante deberá recibir información suficiente para comprender la base material de la decisión y responder de manera efectiva.

ICEQC puede retener o redactar información cuando sea necesario para proteger la privacidad, la fuente confidencial, la seguridad, el privilegio legal o el interés de propiedad de otra persona.

Una restricción no será más amplia de lo necesario. Cuando sea posible, ICEQC deberá proporcionar un resumen, extracto, información anónima o visualización controlada que permita una respuesta justa.

El Panel de Apelaciones puede revisar información restringida que no se haya revelado en su totalidad al apelante y considerará el efecto de esa restricción sobre la equidad procesal y el peso probatorio.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 79

Presentaciones y pruebas adicionales

El apelante tendrá una oportunidad razonable de presentar presentaciones por escrito y responder a información nueva material.

La persona que toma las decisiones originales o la función técnica responsable puede proporcionar una respuesta por escrito, pero no dirigirá al Panel de Apelaciones.

Se podrá admitir prueba adicional cuando:

Las pruebas creadas después de la fecha de la decisión normalmente no demostrarán que existía conformidad en esa fecha. Puede respaldar la remisión para una nueva verificación, restauración u otra acción prospectiva.

El panel puede establecer límites proporcionados sobre material repetitivo, irrelevante o indebidamente voluminoso.

  • existía en la fecha de la decisión pertinente pero no estaba razonablemente disponible
  • corrige un error material o registro incompleto
  • se refiere a la equidad o independencia procesal; o
  • es necesario comprender la consecuencia continua de la decisión

ICEQC-CER-003 · Cláusula 80

Audiencia o reunión

El Panel de Apelaciones puede determinar una apelación sobre materiales escritos o celebrar una audiencia remota donde la aclaración oral sería de gran ayuda.

El recurrente podrá estar acompañado o representado por una persona de su elección, sujeto a confidencialidad y orden del procedimiento.

Una audiencia brindará una oportunidad justa para abordar las cuestiones materiales. No es necesario adoptar un procedimiento judicial.

El presidente controlará la asistencia, agenda, orden de intervención, grabación, confidencialidad y tiempo. Se conservará un registro confiable de los envíos de materiales.

La falta de asistencia después de un aviso razonable no impide la determinación sobre el expediente disponible.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 81

Alcance y norma de revisión

El Panel de Apelaciones determinará si la decisión estuvo respaldada por suficiente evidencia verificada, aplicó correctamente los requisitos pertinentes de ICEQC, siguió el procedimiento requerido y se tomó de manera imparcial y razonable.

El panel revisará las partes impugnadas y cualquier asunto inseparable necesario para alcanzar un resultado coherente.

El recurrente es responsable de identificar el error reclamado. ICEQC conserva la responsabilidad de demostrar la base y la integridad de su decisión de certificación.

El panel no sustituirá una conclusión técnica válida simplemente porque otra conclusión fuera posible. Intervendrá cuando un error material, omisión, falla procesal, conflicto o conclusión infundada afectó o razonablemente pudo haber afectado el resultado.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 82

Determinaciones de apelación

El Panel de Apelaciones podrá:

El panel puede ordenar la corrección de registros, estado público o comunicaciones y puede identificar la acción correctiva requerida por ICEQC.

Una apelación no dará lugar a la certificación cuando algún requisito aplicable siga siendo no conforme.

  • afirmar la decisión
  • variar la decisión dentro de la autoridad del panel
  • dejar sin efecto la decisión y remitir el asunto para nueva valoración, verificación o decisión por parte de personas no responsables del error material
  • sustituir una decisión cuando el expediente esté completo, el panel tenga la autoridad y competencia necesarias y no se requiera evaluación adicional; o
  • descontinuar la apelación a solicitud escrita del apelante, a menos que una cuestión material de protección pública requiera una acción de ICEQC independiente de la apelación

ICEQC-CER-003 · Cláusula 83

Tiempo de determinación

ICEQC intentará completar una apelación dentro de los treinta días hábiles posteriores a que el expediente de apelación esté lo suficientemente completo para su revisión.

La apelación normalmente se completará a más tardar sesenta días hábiles después de su recepción.

Cuando la complejidad excepcional, la aportación necesaria de un especialista, la divulgación protegida, la investigación paralela o un retraso fuera del control de ICEQC impidan la finalización, el apelante recibirá una notificación de progreso por escrito indicando el motivo y la fecha revisada.

La protección provisional urgente no deberá esperar a una determinación final.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 84

Notificación, finalidad y ejecución

ICEQC entregará al apelante una determinación por escrito indicando:

ICEQC implementará la determinación con prontitud en el expediente del caso, el certificado, el registro público y las comunicaciones relevantes.

Cuando una apelación se confirma total o parcialmente, ICEQC identificará y completará cualquier corrección o acción correctiva necesaria con respecto a su propio proceso.

La determinación del Panel de Apelaciones es definitiva dentro de ICEQC, sujeta únicamente a la corrección de un error administrativo obvio o a la reapertura cuando se establezca evidencia decisiva de fraude o conflicto del panel.

  • el identificador de apelación y la decisión revisada
  • las cuestiones materiales y las pruebas consideradas
  • conclusiones y razones del panel
  • la determinación y fecha de vigencia
  • cualquier acción consecuente, remisión o acuerdo provisional; y
  • confirmación de que el proceso de apelación interna está completo

ICEQC-CER-003 · Cláusula 85

No represalias, confidencialidad y comunicación

La presentación, investigación y determinación de una apelación no dará lugar a acciones discriminatorias, represalias, servicios reducidos o trato comercial adverso.

La información de la apelación se divulgará únicamente con fines de manejo justo, supervisión, acción requerida u obligación legal.

ICEQC no publicará la identidad o el registro de apelación detallado a menos que lo autorice el apelante o sea necesario para corregir una declaración pública importante o proteger a las personas afectadas.

Cualquier comunicación pública deberá ser precisa, proporcionada y coherente con el estado de certificación actual.

ICEQC-CER-003 · Cláusula 86

Registros de apelación y aprendizaje

ICEQC conservará el expediente de apelación, la determinación, la evidencia de implementación y cualquier acción correctiva relacionada según la regla de retención aplicable.

Las apelaciones se analizarán periódicamente para detectar cuestiones recurrentes de hecho, de procedimiento, de competencia, de coherencia, de comunicación o de independencia.

Aprender de las apelaciones puede mejorar un documento ICEQC, un flujo de trabajo, un acuerdo de competencia o un control de calidad, pero no debe revelar información del caso protegido innecesariamente.

Una tendencia no se convertirá en un resultado automático para un caso posterior. Cada decisión de certificación y apelación seguirán basándose en evidencia.